¿Qué medidas son aplicables a todos los inquilinos?
La prórroga del alquiler, exclusivamente.
Afecta a aquellos inquilinos cuyo contrato, en cualquiera de sus prórrogas, finalizaba entre el 2 de abril de 2020 y hasta dos meses después de que termine el estado de alarma.
En estos casos, el contrato se prorroga 6 meses más.
Las condiciones (renta, etc.) son las mismas que se venían aplicando hasta esa fecha.
El inquilino debe solicitar la prórroga y el titular está obligado a aceptarla. Pueden también, de mutuo acuerdo, establecer otros términos diferentes.
Últimas entradas de Abad Grupo Inmobiliario (ver todo)
- 7 Medidas Clave del Decreto-Ley de Vivienda y Alquiler: Estabilidad y Protección Habitacional - 22 mayo, 2023
- ¿Estás vendiendo tu vivienda? Aprende cómo calcular su precio en pocos pasos - 30 marzo, 2023
- ¿Cómo funcionan los impuestos sobre bienes inmuebles y por qué son importantes? - 25 marzo, 2023
Pages: Página 1, Página 2, Página 3, Página 4, Página 5, Página 6, Página 7, Página 8, Página 9, Página 10, Página 11, Página 12, Página 13, Página 14, Página 15, Página 16, Página 17, Página 18, Página 19, Página 20, Página 21, Página 22, Página 23, Página 24, Página 25, Página 26, Página 27, Página 28