La semana pasada enumeramos algunos de los nuevos punto de la nueva reforma en cuestión de alquileres, pero no era todo;
Comentamos algunos puntos más, que seguro interesan y ayudan en la búsqueda de su vivienda:
Desaparición de los alquileres de más de 4.000 €/mes
Los propietarios con viviendas en alquiler de más de 300 metros o en los que la renta inicial en cómputo anual exceda 5,5 veces el salario mínimointerprofesional en cómputo anual , quedan al margen de esta ley.
Se puede prohibir el alquiler turístico
Si eres propietario y quieres destinar el inmueble a alquiler turístico, debes saber que si los vecinos logran una mayoría cualificada de 3/5 partes de la comunidad, podrán prohibir ese uso turístico.
Cómo se actualiza el alquiler
Otro de los puntos clave, es cómo van a poder los arrendadores actualizar las rentas a sus arrendatarios. La revisión sólo se podrá realizar de manera anual.
En los contratos de renta reducida , la actualización de la renta no podrá ser superior al IPC.
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